FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la multinacional Colisée Homecare SL por implementar una tasa Covid de 85 euros mensuales adicionales a los usuarios de sus residencias de mayores.
Los escritos han sido presentados ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo para que coordine acciones con los diferentes servicios de consumo autonómicos, ya que la empresa posee centros por todo el territorio nacional, y ante la Agencia Catalana de Consumo, al tener Colisée su sede social en España en Reus.
Colisée anunció este martes 16 de junio mediante un comunicado a sus clientes que iba a empezar a cobrar un importe adicional mensual de 85 euros: «Con el objetivo de impulsar las medidas extra de seguridad para los centros, en la próxima factura incluiremos una aportación adicional de carácter temporal de 85 euros mensuales. Se trata de una aportación discrecional que se aplicará hasta diciembre de 2020».
En este sentido, FACUA recuerda que el Ministerio de Consumo, tras la petición de la asociación, emitió una nota informativa el pasado 11 de junio en la que indicaba que la aplicación de este tipo de tasas podría incurrir en una cláusula abusiva, tal y como establece la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, puesto que «se trataría de la imposición al consumidor y usuario de un servicio no solicitado y no susceptible de aceptación o rechazo por su parte«.
La nota del Ministerio continúa señalando que «las medidas de higiene, desinfección, prevención o acondicionamiento exigidas a los establecimientos y locales con apertura al público durante la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 no son de cumplimiento potestativo por su parte, sino que les resultan de obligado cumplimiento de acuerdo con la normativa vigente«, por lo que «no son servicios accesorios opcionales sobre los que el consumidor o usuario tenga capacidad de aceptación o rechazo«.
Aunque Colisée se ha puesto en contacto con FACUA para asegurarle que la aportación es «voluntaria«, en ningún lugar del comunicado que ha sido hecho público y del que ha tenido conocimiento la asociación se menciona dicho carácter voluntario. Además, la empresa recoge en este comunicado que «en la próxima factura incluiremos una aportación adicional«, lo que resulta contradictorio con su argumento de que es «voluntaria» y puede llevar a confusión a los usuarios al pensar que deben abonarla obligatoriamente.
Cláusula abusiva
El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, indica en su artículo 89 que son cláusulas abusivas «la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados» y «los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso expresados con la debida claridad o separación«.
De igual forma, la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, recoge en su artículo 331-5 como infracción la inclusión de «cláusulas abusivas en los contratos o realizar prácticas abusivas dirigidas a las personas consumidoras”.
Por todo ello, la asociación ha solicitado al Ministerio de Consumo que coordine actuaciones con las diferentes autoridades de consumo autonómicas para que lleven a cabo las acciones que consideren necesarias así como a la Agencia Catalana de Consumo para que inicie el correspondiente expediente sancionador contra la empresa.