Este viernes se ha notificado al Ayuntamiento de Málaga la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial que ordena el Sistema General Campamento Benítez, tras presentar el Ayuntamiento, a finales del pasado mes de julio, la documentación requerida por la legislación en materia de aguas y ser el documento del Plan Especial informado favorablemente por la Dirección General de Urbanismo.
Esta aprobación supone la culminación de una tramitación durante la cual se ha mantenido una estrecha colaboración con el Ayuntamiento de Málaga a fin de dar cumplimiento a las determinaciones que sobre este ámbito recogían el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Málaga (POTAUM) y el propio Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Málaga, donde este ámbito aparece recogido como Equipamiento Metropolitano.
Durante este proceso de colaboración, en las distintas fases de tramitación, el documento se ha ido mejorando y ha incorporado correcciones para dar cumplimiento a los requerimientos de la legislación medio ambiental, solventar problemas de inundabilidad y abastecimiento de agua, conseguir un desarrollo urbanístico acorde al POTAUM y al PGOU y otra serie de cuestiones que a la postre han permitido que la ordenación aprobada permita a los ciudadanos de Málaga disfrutar de unos equipamientos y espacios libres que, sin duda, van a dar respuesta a sus necesidades.
Campamento Benítez es un ámbito de unas 28 hectáreas, situado en la zona oeste de la ciudad, en el distrito de Churriana, en el que se va a crear un gran equipamiento-parque donde se van a desarrollar un amplio abanico de usos dotacionales (culturales, deportivos, sociales, etc.) que convivirán y se complementarán con una gran espacio libre en el que se integran jardines, zonas de estancia, caminos, juegos infantiles y todo tipo de mobiliario urbano propio de estos parques.
Todos estos usos vienen a completar la oferta turística de la zona y servirán de apoyo y complemento a las distintas actividades que en este entorno pueden desarrollarse (pistas deportivas, espacios museísticos, exposiciones temporales, etc.)
Tras esta aprobación, y para su efectiva entrada en vigor, sólo resta que el Ayuntamiento incorpore en el documento una serie de determinaciones de obligado cumplimiento que deben tenerse en cuenta durante la fase de ejecución, y que derivan del Estudio de Inundabilidad del ámbito, y corrija algunos errores detectados en el documento para dotar al mismo de la debida congruencia.