En vista de los recientes cambios en la legislación británica sobre el uso de aeronaves pequeñas no tripuladas, incluidas aquellas conocidas comúnmente como “drones”, el Gobierno publica hoy un Borrador Parlamentario que modifica la Normativa de Aviación Civil (Navegación Aérea) de 2009 [Civil Aviation (Air Navigation) Regulations 2009] sobre el uso de este tipo de aeronaves en Gibraltar.
Las modificaciones incluidas en el Borrador Parlamentario proponen lo siguiente:
· Todos los drones, independientemente de su peso —incluidos aquellos con un peso inferior a los 250 gramos, esto es, los drones de juguete—, estarán cubiertos por la legislación modificada. En la actualidad, los drones con un peso inferior a 7 kilos están exentos de la mayoría de los requisitos vigentes.
· Ningún dron, incluidos aquellos con un peso inferior a los 250 gramos (drones de juguete), podrá volar en el espacio aéreo de Gibraltar, ya sea por ocio o con fines comerciales, sin permiso por parte del Director de Aviación Civil (Director of Civil Aviation, DCA). Este nuevo requisito se hace eco de la legislación británica, que exige que los operadores de drones obtengan permisos similares antes de volar sus dispositivos cerca de un aeropuerto. Estas medidas contribuirán a reducir la probabilidad de que sucedan percances como los observados en el Aeropuerto de Gatwick el pasado diciembre.
· Existirá una diferenciación entre el operador del dron y el piloto remoto —las responsabilidades y obligaciones recaerán sobre ambos—; en muchos casos, se tratará de la misma persona, pero ello permite cubrir los casos en los que una empresa posea más de un dron y emplee a distintos pilotos para operarlos.
· Todos los operadores de drones deberán registrarse ante el DCA antes del 1 de enero de 2020. Este requisito no será de aplicación para los drones con un peso inferior a los 250 gramos (drones de juguete). Se cobrará una tasa para el registro de los operadores de drones.
· Todos los pilotos remotos deberán demostrar su aptitud para pilotar ante el DCA antes del 1 de enero de 2020. Este requisito no será de aplicación para los drones con un peso inferior a los 250 gramos (drones de juguete).
· Los drones con un peso superior a los 250 gramos deberán exhibir un código de registro.
El Viceministro Principal y el Ministro responsable de Aviación Civil, Joseph García, comentó: “El interés de la comunidad por el uso de drones sigue aumentando y, actualmente, existe un total de cinco operadores registrados ante el Director de Aviación Civil. La disrupción sufrida en el Aeropuerto de Gatwick poco antes de Navidad puso de manifiesto los problemas que puede acarrear el vuelo no autorizado de drones cerca de campos de aviación, y me complace anunciar estos nuevos procedimientos para controlar el uso de estos dispositivos”.