Tras la reclamación de FACUA Euskadi, Lufthansa ha devuelto 559 euros a
un matrimonio de unos billetes de avión que decidió cancelar ya que
por un error disponía de otros idénticos. La compañía inicialmente
sólo quiso entregar a la pareja 84 euros, pese a informarles en su
página web de que en caso de cancelación les abonarían la totalidad
de los pasajes.
El matrimonio formado por A.M.F. y J.T.L., residente en Bilbao, compró
en octubre de 2018 unos billetes de ida y vuelta para El Cairo, con
motivo de un viaje que tenían pensado realizar, por valor de 559,08
euros. Debido a un error de coordinación, finalmente cada uno de ellos
adquirió estos pasajes, por lo que ambos terminaron con dos billetes de
avión idénticos.
La propia web de Lufthansa en el apartado [3] _»Cancelación y
reembolso»_ presenta como derecho de los usuarios la devolución del
importe del billete en caso de querer anularlo. En concreto señala que
_»e__l servicio de reembolso online le permite cancelar online sus
vuelos reservados de Lufthansa hasta 24 horas antes del comienzo del
viaje, y solicitar su reembolso»_. Tras darse cuenta de lo ocurrido, el
matrimonio afectado decidió ejercer este derecho por los pasajes que
tenían duplicados.
Lo hicieron a través de la propia web de Lufthansa, donde se les
informó de que recibirían la totalidad de lo que habían pagado por
los billetes. Sin embargo, tras completar la cancelación, sólo les
abonaron 84,08 euros. Los afectados recibieron, además, una llamada
teléfonica de la compañía donde les aseguraron que sólo tenían
derecho a esa devolución.
El matrimonio decidió entonces acudir a FACUA Euskadi para que les
ayudara a reclamar a la compañía la devolución de la totalidad del
importe de los billetes. El equipo jurídico de la asociación se
dirigió a Lufthansa solicitando el reembolso de 475 euros, que junto
con los 84,08 que ya había pagado se correspondían a los 559,08 euros
que costaron los pasajes duplicados.
En el escrito, FACUA Euskadi exigió a Lufthansa el cumplimiento de sus
propias condiciones de cancelación y, entre otra normativa, le recordó
el artículo 95 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación
Aérea, que establece que «e_l pasajero puede renunciar a su derecho a
efectuar el viaje obteniendo la devolución del precio del pasaje en la
parte que se determine, siempre que aquella renuncia se haga dentro del
plazo que reglamentariamente se fije_».
Lufthansa aceptó la reclamación de FACUA Euskadi y finalmente ha
procedido a devolver a A.M.F. y J.T.L. los 475 euros que le restaba para
abonarles la totalidad de los pasajes.