La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha ampliado, en otros seis meses, el período transitorio de medio año establecido inicialmente en Andalucía para aplicar el régimen sancionador relativo al Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT) de productos agrarios y forestales. Por tanto, entrará en vigor el 15 de octubre de 2020 en lugar del 15 de abril de este año, como estaba previsto.
Asimismo, durante los próximos meses se procederá a intensificar las actuaciones de asesoramiento, formación y mejora de la información disponible en la web de la Consejería sobre el DAT (http://lajunta.es/1wn0i). Para ello, se potenciarán los medios telemáticos, ya que las circunstancias actuales, derivadas del estado de alarma decretado para intentar frenar la expansión del Covid-19, impiden el normal desarrollo de estas medidas tal y como estaban previstas antes de la crisis sanitaria.
Estas acciones dirigidas a asesorar y formar a los productores se dirigirán, de forma especial, a potenciar la implantación en Andalucía del DAT telemático, dadas sus ventajas frente a la versión en papel, por ejemplo, en cuanto a simplificación administrativa. Otro beneficio de apostar por el documento digital es que, a partir del próximo verano, el DAT y el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (Reafa) serán interoperables. Así, los profesionales podrán actualizar los datos relativos a sus productos o explotaciones en ambas herramientas de la administración a través de un único canal telemático, concretamente, el empleado actualmente para generar el Documento de Acompañamiento al Transporte.