FACUA Euskadi ha logrado que la entidad le reembolse los 2.006 euros que una tercera persona transfirió irregularmente a otra cuenta de su propiedad.
Tras la actuación de FACUA Euskadi, Kutxabank (En Andalucía, llamada CajaSur) ha devuelto a un usuario 2.006 euros que le fueron sustraídos de forma fraudulenta de su cuenta corriente. Fue el banco quien le informó de que se habían producido los cargos no autorizados, pero pese a ello se negó a reembolsarle el dinero.
Victoriano T.A., residente en Bilbao, recibió a finales de 2020 una llamada de su banco, Kutxabank, en la que le indicaban que se habían producido veinte minutos antes dos transferencias de 1.000 euros desde su cuenta a una tercera persona -con una diferencia de cuatro minutos entre ellas- y que en ese mismo momento estaban intentando realizar otra de una cantidad muy superior, que habían bloqueado. El banco quería saber si el usuario era quien estaba realizando dichas acciones o si las había autorizado.
El afectado respondió inmediatamente que dichas transferencias se habían realizado sin su conocimiento y solicitó la restitución de los 2.000 euros (más otros 6 que se le habían cargado de comisión), ya que se trataba claramente de un fraude. El mismo día, acudió a la Policía para denunciar los hechos.
La entidad, pese a ser conocedora desde el principio de que los cargos no habían sido autorizados -pues llegó a llamarlo para que se lo confirmara-, nunca llegó a atender las reclamaciones de Victoriano. Éste decidió entonces acudir a FACUA Euskadi para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.
El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Kutxabank para exigirle que reembolsara con la mayor brevedad posible los 2.006 euros, ya que no había autorizado dichos cargos en ningún momento y había actuado con toda la diligencia posible, denunciando el fraude y solicitando la restitución del dinero en cuanto se lo comunicaron.
En el escrito, FACUA Euskadi alegó que «conforme a los criterios del Banco de España, indicados reiteradamente en sus memorias anuales de reclamaciones, las entidades bancarias deben dar las instrucciones oportunas para que se abone en la cuenta de sus clientes el importe defraudado con su tarjeta y que le ha sido cargado indebidamente».
Así queda estipulado en el artículo 36 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes, que recoge que «las operaciones de pago se considerarán autorizadas cuando el ordenante haya dado el consentimiento para su ejecución«, circunstancia que no había ocurrido en este caso.
De igual forma, el artículo 43 establece que en estas circunstancias «el usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación por parte del proveedor de servicios de pago de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente únicamente si el usuario de servicios de pago se lo comunica sin demora injustificada, en cuanto tenga conocimiento de cualquiera de dichas operaciones que sea objeto de reclamación«, mientras que el artículo 45 indica que «en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a este el importe de la operación no autorizada de inmediato«.
Finalmente, tras la reclamación de FACUA Euskadi, Victoriano ha comunicado a la asociación de que Kutxabank ha atendido a la reclamación y ha procedido a reembolsarle los 2.006 euros que le fueron sustraídos.