El Salón Príncipe de Asturias del Centro Asturiano de Madrid albergó en la tarde del día 15 la conferencia El privilegio Asturiano de Velico Aurioles y su expansión por la Corona de Castilla, siglos XI-XIX, a cargo del abogado de Marbella Rafael Maldonado de Guevara y Delgado, presidente de la Asociación Derecho de la Cultura, bajo la conducción de Ignacio Ruiz Rodríguez, catedrático de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. La merced de Aurioles también es conocida como el privilegio de Páramo de la Focella, antiguo concejo asturiano que actualmente pertenece al de Teverga.
Durante la charla, el ponente explicó que la merced habría sido concedida al caballerizo Velico Aurioles por el rey Bermudo III de León en el año 1033 a manera de carta de ingenuidad, esto es, para liberarle de la relación de vasallaje que le vinculaba al conde Pelayo Froilaz. Con el tiempo, el privilegio se convertiría en una libertad general de no pagar tributos, excepto el diezmo a la Iglesia, que benefició durante siglos a los vecinos de un pequeño concejo asturiano formado por los lugares de Páramo, La Focella y Villa de Sub, pues se tenía a todos sus habitantes como descendientes de Aurioles.
Además de ello, en el evento se explicó cómo Juan II, a mediados del siglo XV, especificó que la exención fuese transmitida tanto a los descendientes hombres como a las mujeres, lo cual contravenía el principio general de sucesión de tales mercedes por línea estrictamente masculina. Esta característica propició que los privilegiados se multiplicaran a lo largo del Principado de Asturias, el Reino de León y la Tierra de Campos, donde los vecinos de Páramo acudían a vender ganado y concertaban matrimonios, y más tarde por otras zonas de la Corona de Castilla. Esta expansión de una inmunidad de tributos tan amplia ocasionó decenas de pleitos en los tribunales superiores, así como un grave problema hacendístico y de desigualdad social, pues familias ricas procuraban casar a sus hijos con las doncellas de Páramo para liberar su patrimonio del pago de impuestos.
Por ello, desde 1617 las Cortes procuraron limitar el privilegio mediante sucesivas peticiones al monarca hasta que se sancionó una ley y pragmática a tal efecto en 1671. Sin embargo, la merced de Velico Aurioles siguió vigente en el concejo de Páramo hasta entrado el siglo XIX, haciendo libres a sus habitantes de impuestos, servicios militares y otras muchas obligaciones.