Iniciados los trámites de exposición pública del acuerdo para la celebración de una consulta popular sobre la conversión del municipio en ciudad autónoma. Se informará simultáneamente a la delegación del Gobierno de la Junta en Cádiz para que tambien pueda formular alegaciones
Ya ha comenzado el procedimiento previsto de inicio de expediente para la celebración de una consulta popular tendente a la conversión del municipio en ciudad/comunidad autónoma.
El acuerdo fue aprobado en el pleno de la Corporación municipal, celebrado el día 8 de julio de este año, y tanto este acuerdo plenario como su Memoria Justificativa y una una serie de anexos, justificativos del carácter singular del municipio, se han publicado en el tablón de edictos, la web municipal y se han remitido esta misma mañana, desde la Secretaría General, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cadiz (BOP) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sometiéndose a exposición pública por espacio de veinte días hábiles, plazo que comenzará a contarse desde el día siguiente al de la publicación en el segundo de ellos.
En dicho periodo, cualquier persona física o jurídica podrá examinar los documentos en la Secretaría General del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, en horario de oficina, en el tablón electrónico de anuncios y edictos de la institución municipal y en el Portal de Transparencia, efectuando las alegaciones que considere oportunas.
En la Memoria Justificativa se incluye la conveniencia de realizar esta consulta popular entre los ciudadanos de La Línea de la Concepción y que la petición de convocatoria se dirija a las Cortes Generales y al Gobierno, basando sus argumentos en seis preceptos básicos que conformarían la singularidad del municipio.
El acuerdo de inicio del procedimiento se someterá, por tanto, a información pública, por un espacio no inferior a 20 días hábiles, mediante la publicación de dicho acuerdo en el BOP y en el BOJA, comunicándose simultaneamente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia de Cádiz para que en plazo de quince días hábiles pueda también presentar alegaciones.
Una vez transcurrido dicho plazo, el Pleno del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ponderará las alegaciones presentadas y, si procede, acordará por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación la celebración de la consulta popular. Dicho acuerdo deberá contener los términos exactos de la pregunta objeto de la consulta, a fin de que el cuerpo electoral constituido por los vecinos del municipio con derecho de voto se pueda pronunciar en sentido afirmativo o negativo.
Acordada la celebración de la consulta, la institución municipal solicitará la autorización al Gobierno de la Nación, siguiendo los trámites procedimentales que recoge la Ley 2/2001, de 3 de mayo, reguladora de las Consultas Populares Locales de Andalucía, culminando, si el Gobierno de la Nación autoriza su celebración, con la convocatoria de la consulta.
Si el Gobierno de la Nación denegara su celebración, el Ayuntamiento podría interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en defensa de sus derechos e intereses legítimos, además de formular una petición formal, con el respaldo de la mayoría absoluta del Pleno municipal y/o con el resultado positivo de la consulta popular, si la hubiere, ante la Mesa del Congreso de los Diputados, la Mesa del Senado y el Gobierno de la Nación, en la que se les trasladaría la voluntad del pueblo linense de constituirse en Ciudad Autónoma, de acuerdo con el art. 144/a de la Constitución Española.
………………………………………………..