En la tarde del miércoles dieron comienzo las II Jornadas de Urbanismo y Territorio en Manilva. Un programa interesante donde las principales personalidades del urbanismo se dan cita en el Civima para tratar todas las vicisitudes de esta importante herramienta para el desarrollo de las ciudades y pueblos.
El alcalde de Manilva, Mario Jiménez y el edil Marcos Ruiz presentaron junto a Elsa Marina Álvarez González, Directora de Formación de la fundación General de la Universidad de Málaga y María del Pilar Mayor Olea, Delegada en Estepona del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga estas jornadas que ponen en primera línea de la información a Manilva.
El magistrado de la sección 5ª de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, D. Rafael Fernández Valverde, que participó ayer en la sesión inaugural de las II Jornadas de Urbanismo y Territorio, organizadas por el Ayuntamiento de Manilva (Málaga) con la colaboración de la Fundación General de la Universidad de Málaga y el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, afirmó que los magistrados del Supremo queremos volver al Palacio de Invierno, y que le corresponde al legislador racionalizar el modelo de elaboración del planeamiento, no somos activistas, simplemente hemos puesto el punto de atención sobre las deficiencias que tiene el modelo sentenció.
Durante su conferencia aseveró que la tramitación de los planes generales es excesivamente compleja, y que la búsqueda de innumerables informes sectoriales dificulta el buen fin del instrumento de ordenación. En contra de lo que algunas Salas territoriales, como la de Madrid, han entendido de la doctrina del Tribunal Supremo, no se puede anular un Plan por el solo hecho de carecer de informe de género.
Para el magistrado, la nulidad diferida puede ser una solución para solventar irregularidades formales del planeamiento que no afecten a su contenido sustantivo. La doctrina del Tribunal de Luxemburgo, que puede ser invocada en nuestro país, daría la posibilidad de corregir efectos anulatorios en la producción normativa de los instrumentos urbanísticos, aunque la mejor solución sería que el legislador reformulase los supuestos de nulidad como hicieron en su día Francia y Alemania.
Hace ya tiempo que aprendimos a diferenciar, concluyó el magistrado del Tribunal Supremo, entre el acto de aprobación del Plan general cuyos defectos no pueden ser siempre invalidantes, y el instrumento de ordenación urbanística en sí, como disposición de carácter general. En esto la doctrina científica está completamente de acuerdo, y habría que seguir ahondando en esta tesis para impedir situaciones como las generadas en Marbella, o en Santander. Probablemente el actual Ministro de Fomento, antiguo Alcalde de la capital cántabra, tenga un interés especialmente motivado para fomentar una reforma legislativa que refrende esta idea, indicó el Sr. Fernández Valverde.
Tras la intervención del magistrado se celebró un coloquio al que se incorporaron, Dª. Belén Villena Moraga, abogada que impugnó el PGOU de Marbella, y D. Sebastián Olmedo Pérez, abogado miembro del equipo redactor del instrumento urbanístico anulado por el Tribunal Supremo.
En el turno de intervenciones, el Sr. Olmedo, mostró su disconformidad con algunas consecuencias erróneas que se han extraído de la sentencia anulatoria del Alto Tribunal, una de las cuales calificó de tendenciosa, pues la Sentencia del Tribunal Supremo que anuló el Plan urbanístico de Marbella no ha dicho que no se pueda legalizar irregularidades urbanísticas.
El miembro del equipo redactor del PGOU de Marbella, reconoció que el error fue no explicar suficientemente en la Memoria del Plan el sistema de normalización ideado para normalizar la situación creada por el GIL, pero defendió que es imposible en Andalucía regularizar ilegalidades urbanísticas incumpliendo los parámetros de ordenación estructural establecidos por la Ley urbanística.
Para Belén Villenas sin embargo es fundamental respetar la fuerza jurídica de lo fáctico, especialmente en los casos que se vean afectados por la ilegalidad de una licencia urbanística terceros de buena fe, atendiendo al principio de seguridad jurídica y certidumbre, y asimismo habría que medir mejor la proporcionalidad de la actuación tardía de la Administración urbanística.
Tras un interesante debate entre los tres participantes del coloquio en el que lució el interés común de buscar una solución para el futuro de la ordenación territorial y urbanística, se llegó a la opinión compartida de que una Corporación municipal tiene el derecho de plasmar su modelo de su ciudad en el Plan General; y que una mejora sustancial en la justicia cautelar contencioso-administrativa ayudaría a evitar situaciones como las generadas en Marbella.
En el día de hoy se celebrará la segunda sesión de las II Jornadas en el Centro de Interpretación Las Viñas en Manilva, que dará comienzo a las 16:30 horas con la conferencia sobre La nueva definición legal del dominio público marítimo terrestre y su régimen concesional, que impartirá el también Magistrado del Tribunal Supremo, D. José Juan Suay Rincón, al que seguirá un debate abierto con los asistentes.