Tras la reclamación de FACUA Madrid, Orange ha anulado una supuesta
deuda y eliminado de un fichero de morosos a un usuario al que le
reclamaban el pago de unas cantidades que realmente pertenecían a otra
persona, pero que por un error de la compañía, al introducir los datos
le habían imputado a él.
La asociación, además, ha presentado una denuncia ante la Agencia
Española de Protección de Datos (Aepd) contra la empresa de
telecomunicaciones por haber cedido los datos del usuario sin ser
realmente el deudor.
JOSÉ ANTONIO M., residente en Madrid, empezó a recibir llamadas de una
compañía encargada de la gestión de recobros en relación a una
supuesta deuda que realmente no reconocía, y que nunca le había sido
requerida por parte de ninguna empresa.
En una de las llamadas, el usuario descubrió que dicha deuda
pertenecía en realidad a otra persona con nombre y segundo apellido
idénticos -además de un primer apellido que sólo variaba en una
letra- pero que residía en Valencia. Sin embargo, le habían terminado
reclamando los importes a él. Además, el afectado sufrió otro
perjuicio adicional por estar en el fichero de morosos. Al intentar
ampliar el límite de su tarjeta de crédito, la entidad financiera le
informó de que se lo denegaba por estar en un fichero de morosos.
Debido a esta situación, JOSÉ ANTONIO decidió acudir a FACUA Madrid
para que le asesorara y defendiera sus derechos. El equipo jurídico de
la asociación reclamó a la compañía de recobros, donde le informaron
de que la deuda que le reclamaban al usuario venían de unas facturas
impagadas de Orange. En ellas, la asociación pudo comprobar que, si
bien datos como nombre, segundo apellido e incluso DNI coincidían con
el de JOSÉ ANTONIO, ni primer apellido ni domicilio eran el mismo.
FACUA Madrid se dirigió entonces a Orange para reclamarle que anulara
las facturas y sacara al usuario del fichero de morosos, ya que las
irregularidades detectadas en las facturas mostraban que la deuda no
pertenecía al usuario sino a un cliente que compartía ciertos datos
con él. La compañía había cometido un error al introducir los datos
del deudor y habían terminado imputándosela a JOSÉ ANTONIO. La
asociación llegó a presentar una certificación policial de identidad
que demostraba que el apellido no se correspondía con el de las
facturas emitidas.
De igual forma, la asociación recordó a Orange que, con todo, los
recibos reclamados correspondían a 2013, por lo que en cualquier caso
la deuda estaba prescrita de acuerdo al artículo 1967 del Código
Civil, que establece un periodo de prescripción de tres años.
Finalmente, tras atender la reclamación de FACUA Madrid, Orange ha
comunicado a JOSÉ ANTONIO que «_procedía a la anulación de los
importes pendientes de pago_».
DENUNCIA ANTE LA AEPD
FACUA Madrid, además, también se ha dirigido la Aepd para denunciar a
Orange por ceder los datos de JOSÉ ANTONIO a un fichero de morosos y a
la empresa de recobros sin haber sido el deudor.
La asociación recuerda que el artículo 20 de la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
establece como requisito para poder ceder los datos de un usuario a un
sistema de información crediticia «_que los datos se refieran a deudas
ciertas, vencidas y exigibles_», entre otros, circunstancia que no se
había cumplido en este caso al no pertenecer las facturas impagadas a
JOSÉ ANTONIO.