El consejero estima que estos cambios implicarán una reducción media de dos meses en la tramitación de los expedientes en la Comisiones Provinciales
El consejero de Turismo, Cultura y Deporte, Arturo Bernal, ha expuesto en comisión parlamentaria algunos de los aspectos del decreto de simplificación administrativa que afectan a su departamento “y que harán más eficiente y accesible la administración a los ciudadanos.Andalucía se ha convertido en una Administración proactiva, que se adelanta a las necesidades de los ciudadanos y de las empresas”.
Entre las medidas que recoge el texto se encuentran las relacionadas con el patrimonio histórico y con las actividades arqueológicas. “Todas ellas son medidas simplificadoras y de urgente necesidad para dar respuesta a las necesidades de la gestión del patrimonio histórico y el acomodo de las nuevas demandas sociales siempre con el máximo respeto a su protección”.
Se revisa la composición de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico, al objeto de mejorar su funcionamiento y reducir el número de procedimientos que deben conocer. En este sentido, desaparece la obligatoriedad de someter a informe de estas Comisiones las obras en entornos de Monumentos y Jardines Históricos, que pasan a ser informadas en exclusiva por las Ponencias Técnicas.
De esta manera las Comisiones Informarán únicamente en el caso de intervenciones en inmuebles con la consideración de Monumentos y Jardines Históricos, lo que supondrá una reducción considerable del número de proyectos a informar por éstas, agilizando el tiempo de respuesta al ciudadano e impulsando la actividad económica y la riqueza de nuestra comunidad autónoma.
“Ello implicará una reducción media de dos meses en la tramitación en cada uno de estos expedientes. La inversión estimada de los expedientes de intervenciones en entornos puede llegar a los 500 millones de euros al año”, ha indicado Bernal. Los expedientes de autorizaciones de intervenciones en entornos de Monumentos y Jardines Históricos son aproximadamente en la actualidad el 70% de los expedientes que informan las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico.
Se logra por tanto una Administración más ágil sin perder seguridad jurídica puesto que, además, se refuerza el funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico mediante la incorporación a las mismas de funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.
En materia de arqueología, se incorporan una serie de innovaciones que agilizan y flexibilizan los procedimientos relativos a actividades arqueológicas con el doble objetivo de clarificar la norma y de favorecer la actividad económica.
Por una parte, se sustituye en algunos casos la autorización administrativa actualmente existente para ciertas actividades arqueológicas por una declaración responsable, ahondando en la supresión de trámites administrativos innecesarios.
El promotor podrá iniciar la actividad que se encuentre en esta casuística sin tener que esperar autorización de la Administración. Esta medida afecta a unos 500 expedientes anuales que están generalmente vinculados a grandes proyectos de infraestructuras y proyectos de energías renovables, que verán gracias a esta iniciativa reducido su tiempo de tramitación en hasta dos meses.
Se introduce una regulación más clara del régimen de solicitud y autorización de las actividades arqueológicas y Proyectos Generales del Investigación Arqueológica facilitando la comunicación entre la Administración y el administrado, lo que deriva en una reducción de trámites innecesarios. Además, se mejora la coordinación con los procedimientos de prevención y control ambiental y se incluye la codirección de actividades arqueológicas.
En lo que respecta a Turismo, se recoge la modificación del Decreto de Municipio Turístico de Andalucía, con la finalidad de simplificar trámites que no aportan valor añadido y que suponían una dilación del procedimiento de declaración o supresión de Municipio Turístico de Andalucía.
Se suprime la evacuación por parte de la Comisión de Valoración del informe preceptivo, dado que no aporta valor añadido al procedimiento. A efectos prácticos, esta simplificación conlleva la reducción del período de tramitación.
En cuanto a Deporte, se ha eliminado un trámite redundante e innecesario. En concreto, una modificación en relación a los litigios deportivos. En el texto preexistente se contemplaba una propuesta previa de resolución, con 10 días para alegaciones del interesado, y a continuación una propuesta de resolución, con 5 días para alegaciones. Se preveía pues un trámite sucesivo de dos propuestas y dos plazos de alegaciones, que resultaba repetitivo y que nada aportaba en cuanto a los derechos del interesado ni en lo relativo al conocimiento suficiente del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía para adoptar su decisión.