El Consejo de Ministros celebrado el pasado 9 de diciembre incluyó finalmente un paquete de medidas para compensar a los ciudadanos y negocios perjudicados. El Ayuntamiento de Manilva continuará con la oficina habilitada en la Tenencia de Alcaldía de Sabinillas, para atender a los afectados y ayudarles con los trámites para poder obtener una compensación por los daños sufridos.
En concreto, las medidas adoptadas por el Consejo de Ministros son las siguientes:
MINISTERIO DEL INTERIOR
Ayudas por daños personales.
Ayudas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes.
Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.
Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto del 18 de marzo de 2015, por el que se determinaron subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se abonarán con cargo a los créditos de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Cuantía de las ayudas
Conforme a lo dispuesto en el mencionado Real Decreto del 18 de marzo de 2015, las cuantías por las citadas ayudas son las siguientes:
Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
Ayudas por destrucción o daños en enseres: el coste con el límite de 2.580 euros.
Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 8.000 euros.
Ayudas a las personas físicas o jurídicas: importe total de los gastos.
Ayudas a las Corporaciones Locales: gastos realizados por actuaciones inaplazables de emergencia.
Además, en aplicación del mismo Real Decreto, las cuantías de las ayudas por daños en la vivienda serán las siguientes:
por destrucción total: el coste de los daños con un máximo de 15.120 euros.
por daños a la estructura: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 10.320 euros.
por otros daños: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 5.160 euros.
por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 8.000 euros.
por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad: 2.580 euros.
Tasas de la Jefatura Central de Tráfico: Se prevé la exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducción o de circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos siniestros.
OTROS MINISTERIOS
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Infraestructuras locales:
Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y en la red viaria provincial.
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Beneficios fiscales:
Exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias, marítimo-pesqueras y locales de trabajo o similares, cuando los daños hayan obligado al realojamiento total o parcial de personas o bienes.
Reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas: se reduce de manera proporcional al tiempo de paralización de la actividad para aquellas industrias, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros y a aquellos profesionales cuyos locales de negocio hayan sido dañados y hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o de cierre temporal de la actividad.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: estarán exentas las ayudas por daños personales.
Medidas laborales y de Seguridad Social:
Los despidos colectivos, suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan causa directa en los daños producidos por los acontecimientos catastróficos, así como las pérdidas de actividad en el sector marítimo-pesquero, de la hostelería y hospedaje tendrán la consideración de fuerza mayor.
El empresario quedará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión del contrato motivada por los citados acontecimientos y, en el caso de extinción del contrato, las indemnizaciones por despido correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial.
Asimismo, las empresas y los trabajadores por cuenta propia obtendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, correspondientes a los tres meses naturales inmediatamente anteriores a la producción del siniestro.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina, así como en el dominio público hidráulico y en el dominio público marítimo terrestre:
Se adoptarán las disposiciones necesarias para las actuaciones de restauración en el dominio público hidráulico y en el dominio público marítimo terrestre, y se concederán ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.