Tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, la autoridad de Consumo del Gobierno de las Islas Baleares ha resuelto multar a Endesa por publicitar ofertas comerciales que no incluían los impuestos indirectos, con lo que sus tarifas aparentaban ser mucho más económicas.
En su resolución, la Dirección General de Consumo del Gobierno balear considera que la eléctrica ha incurrido en una «infracción grave» en materia de defensa de los consumidores y usuarios y le impone una sanción de 17.500 euros.
La Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Illes Balears, establece para el caso de infracciones graves una «multa de 4.500,01 euros a 24.000 euros«. Según indica la autoridad de Consumo balear, ha decidido imponer la sanción a Endesa en su «gradio medio» -lo que equivaldría a 17.500 euros- al aceptar como hecho atenuante que Endesa corrigió la publicidad de sus ofertas y añadió la parte correspondiente a los impuestos.
Se trata de la cuarta compañía multada por Baleares por incurrir en esta práctica. Anteriormente, sancionó a Naturgy, Cepsa y Repsol con 24.000 euros cada una. La Agencia Catalana del Consumo también multó a Holaluz por este motivo, aunque con tan sólo 3.000 euros. Una sanción que FACUA califica de «ridícula«.
Diez eléctricas denunciadas
FACUA interpuso en enero de 2020 denuncias contra diez comercializadoras ante las autoridades de protección al consumidor autonómicas por no indicar en sus ofertas el precio final, incluidos los impuestos indirectos, que en el caso de la luz representan el 27,2% (el IVA general más el impuesto especial sobre la electricidad). La asociación también se dirigió al Ministerio de Consumo para solicitarle que instara a las compañías a cumplir la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y solicitase a las comunidades autónomas que abriesen expedientes sancionadores.
Ante la repercusión pública que obtuvo el asunto, las diez compañías denunciadas fueron paulatinamente corrigiendo su publicidad, aunque todavía hoy existen irregularidades de ese tipo por parte de algunas empresas del sector energético que FACUA continúa denunciando.
Qué dice la ley
El artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar «el precio final completo, incluidos los impuestos». También el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.
En sus denuncias, FACUA advirtió de que al facilitar tarifas que no incluían los impuestos indirectos, además de infringir los citados preceptos legales las comercializadoras eléctricas estaban induciendo a error a los consumidores sobre el importe real que pagarían de contratarlas, incurriendo con ello también en publicidad engañosa. Así, las prácticas vulneraban también el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
Además de omitir los precios finales, entre las diez denunciadas había compañías que ni siquiera aclaraban en sus páginas webs que a las tarifas ofertadas había que sumarles los impuestos indirectos y otras incluían esta advertencia en un lugar poco visible. Incluso en las menciones a los impuestos, también había omisiones sobre cuáles son los porcentajes que representan de incremento sobre las tarifas.